Cómo Tramitar la Matrícula Fiscal y Matrícula IUSI en Guatemala: Guía DICABI 2026

Todo propietario que compra, recibe en donación o hereda una casa, apartamento o terreno en Guatemala tiene la obligación legal de registrar el cambio de titularidad no solo en el RGP, sino también en el ámbito tributario y catastral. La falta de actualización de la matrícula fiscal en DICABI o en el Departamento de IUSI municipal impide la obtención de solvencias municipales, bloquea la venta futura de la propiedad y genera multas por mora tributaria del 20% anual.

En esta guía práctica te explicamos los requisitos, formularios, pasos y entidades responsables para abrir, traspasar o corregir la matrícula fiscal de un bien inmueble en Guatemala.

El traspaso de la matrícula fiscal va de la mano con el traspaso de propiedad ante la SAT y con los impuestos al comprar o vender casa, por lo que conviene tramitar ambos frentes en paralelo para evitar multas, recargos y bloqueos en futuras ventas.

Diferencia entre Matrícula DICABI y Matrícula Municipal

En Guatemala coexisten dos regímenes de recaudación del IUSI (Decreto 15-98):

  • Municipalidades con IUSI Descentralizado (Ej. Ciudad de Guatemala, Mixco, Santa Catarina Pinula, Villa Nueva): La municipalidad recauda directamente el impuesto y asigna un Número de Matrícula Municipal. El trámite se realiza en las ventanillas de catastro de la comuna correspondiente (como TuMuni en el Palacio Municipal o MuniMixco).
  • Municipalidades Centralizadas (Administradas por DICABI): En municipios donde la alcaldía no ha asumido la administración del IUSI, el impuesto es administrado por la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles (DICABI) del Ministerio de Finanzas Públicas (Edificio de Finanzas, 7o. Nivel, 8a. Avenida y 21 Calle, Zona 1, Ciudad de Guatemala).

Requisitos para Traspaso o Apertura de Matrícula Fiscal

Para actualizar o aperturar la matrícula tras una compraventa, donación o adjudicación en remate judicial, se deben presentar los siguientes documentos:

  1. Formulario Oficial de Aviso Notarial de Traspaso: Firmado y sellado por el Notario autorizante de la escritura pública.
  2. Testimonio de la Escritura Pública: Original y copia del testimonio con la razón de inscripción emitida por el Registro General de la Propiedad (Primer Registro en Zona 1 o Segundo Registro en Quetzaltenango).
  3. Documento Personal de Identificación (DPI): Copia legalizada o legible del comprador (o pasaporte si es extranjero).
  4. Carné de Número de Identificación Tributaria (NIT): Constancia del Registro Tributario Unificado (RTU) actualizado ante la SAT.
  5. Solvencia Municipal del IUSI al Día: Constancia de que el vendedor o titular anterior no adeuda trimestres pasados.
  6. Plano de Ubicación y Medidas: Exigido en casos de desmembraciones o fincas de reciente creación.

Paso a Paso del Trámite ante DICABI y Municipalidades

Paso 1: Emisión de Avisos Notariales por el Notario

Dentro del plazo legal de 15 días hábiles posteriores a la firma de la escritura de compraventa (según el Código de Notariado, Decreto 314), el Notario debe redactar y firmar dos avisos notariales:

  • Uno dirigido a la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles (DICABI).
  • Otro dirigido al Departamento de IUSI de la Municipalidad de la jurisdicción del inmueble.

Paso 2: Presentación e Ingreso al Sistema

El notario o el propietario ingresa el expediente en las ventanillas de atención al contribuyente. En la Ciudad de Guatemala, este trámite puede canalizarse en la ventanilla única de TuMuni (MuniGuate) o en las agencias de atención integrada en los centros comerciales Pradera Zona 10, Galerías Primma o Álamos Zona 17.

Paso 3: Verificación de Avalúo Fiscal y Base Imponible

El personal técnico de DICABI o Catastro Municipal coteja el valor declarado en la escritura frente al registro de valores mínimos por zona catastral. Con base en este valor se determina la escala tributaria aplicable:

Rango de Valor Fiscal Registrado Tasa del IUSI Cálculo / Pago Anual
De Q0.01 a Q2,000.00 Exento (0%) Q0.00 al año
De Q2,000.01 a Q20,000.00 2 por millar (0.2%) Hasta Q40.00 anuales (Q10/trimestre)
De Q20,000.01 a Q70,000.00 6 por millar (0.6%) Hasta Q420.00 anuales (Q105/trimestre)
De Q70,000.01 en adelante 9 por millar (0.9%) Q900 por cada Q100,000 de valor registrado

Paso 4: Asignación de Matrícula y Emisión de Solvencia

El sistema asigna la nueva matrícula a nombre del comprador y liquida el primer trimestre corriente de IUSI. El trámite demora entre 5 y 15 días hábiles y culmina con la entrega de la Constancia de Matrícula Fiscal Actualizada.

Problemas Frecuentes y Cómo Resolverlos

  • Inmueble con Matrícula Duplicada o Inexistente: En casas antiguas o fincas rústicas no actualizadas, es necesario solicitar una inspección ocular a los peritos de DICABI para emitir un avalúo administrativo de regularización.
  • Discrepancia entre Valor RGP y Catastro: Si el notario consignó un valor en la escritura superior al valor de la matrícula anterior, el sistema ajustará automáticamente la base al monto mayor consignado en el instrumento público.
  • Omisión de Traspaso en la Municipalidad: Si solo inscribiste en el RGP pero nunca notificaste a la municipalidad, las notificaciones de cobro y los recargos por mora continuarán acumulándose a nombre del titular anterior, pudiendo generar un embargo sobre la cuenta bancaria del nuevo dueño.